¿Qué cambios introduce el nuevo Reglamento Eléctrico?
La norma refuerza la protección de los consumidores y amplía las oportunidades de participación en el mercado eléctrico para hogares y empresas
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica. La nueva norma impulsada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), no solo refuerza de manera notable la protección de los consumidores —especialmente los hogares y los usuarios vulnerables—, sino que abre la puerta a un mayor desarrollo del autoconsumo y de las comunidades energéticas, tanto en el ámbito doméstico como empresarial.
El reglamento actualiza el marco regulatorio del suministro y la comercialización eléctrica para adaptarlo al contexto de transición energética, a la normativa europea y a los compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Entre sus principales objetivos figura la modernización del sistema eléctrico, facilitando que ciudadanos y empresas participen de forma más activa y flexible en los mercados energéticos.
Más oportunidades para el autoconsumo y las comunidades energéticas
Uno de los aspectos de la nueva regulación es el impulso que proporciona al autoconsumo individual y colectivo, así como a las comunidades energéticas. La introducción de nuevas modalidades de contratación, la posibilidad de contar con más de un contrato eléctrico y el reconocimiento de la figura del agregador independiente generan un entorno más flexible y favorable para que hogares y empresas optimicen su consumo, gestionen su generación propia y obtengan nuevos ingresos o ahorros.
El reglamento permite contratar simultáneamente con varias comercializadoras o incluso acudir directamente al mercado mayorista, siempre que los contratos no coincidan en el mismo periodo de liquidación de 15 minutos. Asimismo, se habilitan contratos de temporada, de duración inferior a un año, y la posibilidad de disponer de dos potencias distintas durante un periodo de 12 meses, con cambios trimestrales, mensuales, diarios u horarios.
Estas medidas facilitan la integración de instalaciones de autoconsumo, almacenamiento y generación distribuida, tanto en viviendas como en empresas, permitiendo adaptar la potencia contratada a las necesidades reales y optimizar la gestión energética en cada momento.
La figura del agregador independiente
Además, se reconoce formalmente la figura del agregador independiente, que podrá agrupar consumos o electricidad generada por distintos consumidores, productores o instalaciones de almacenamiento para operar en los mercados eléctricos, especialmente en los de balance. Los usuarios podrán contratar libremente a estos agregadores sin renunciar a su contrato de suministro, lo que abre nuevas posibilidades de participación activa en el sistema eléctrico y refuerza el papel de las comunidades energéticas.
Mayor protección para consumidores y pymes
El reglamento también eleva significativamente los niveles de protección de los consumidores, especialmente los hogares y los consumidores vulnerables. Entre otras medidas, se prohíben las llamadas comerciales no solicitadas, salvo autorización previa del cliente, y se limita la contratación telefónica a esos mismos supuestos.
Cuando se produzcan cambios en precios o condiciones, las compañías deberán entregar un documento independiente que resuma el impacto en la factura e incluya una tabla comparativa entre los precios anteriores y los nuevos.
Los hogares y pymes con una potencia inferior a 15 kW podrán rescindir sus contratos sin penalización en cualquier momento, salvo en determinadas condiciones en contratos a precio fijo antes de la primera prórroga anual. En el caso de consumidores vulnerables que opten por acogerse al PVPC, no podrá aplicarse ningún recargo.
También se reducen a un máximo de diez días los plazos para cambiar de suministrador y se refuerza la protección frente a los cortes de suministro, especialmente en el caso de beneficiarios del bono social y consumidores electrodependientes.
Transparencia y control del mercado
El texto prevé que Red Eléctrica, como Operador del Sistema, gestione un punto de acceso único a los datos de los puntos de suministro, al que podrán acceder los consumidores y, si así lo deciden, ceder la información a terceros para facilitar el funcionamiento de los mercados eléctricos.
Las comercializadoras dispondrán de cuatro meses para adaptarse a muchas de las nuevas disposiciones. El incumplimiento de las obligaciones de protección al consumidor se considerará infracción grave y podrá acarrear sanciones de hasta seis millones de euros.





